Generalidades del Derecho parlamentario

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Definición

El derecho parlamentario no tiene una acepción unívoca.


El doctrinario Francisco Berlín Valenzuela lo define como el “conjunto de normas con que son regidas las actividades internas de las asambleas legislativas de los Estados, en lo referente a su organización, funcionamiento, facultades, deberes, privilegios para con sus miembros y relaciones entre otros grupos políticos que lo integran”(Berlín, 2000).

By Beatriz Pichardo