Se entiende por el objeto de la demanda el derecho subjetivo indicado por el demandante y la correspondiente obligación, o bien la relación jurídico civil en conjunto, respecto a la cual el Tribunal debe dictar su fallo.
Así por ejemplo, el objeto de una demanda referente a la condena del demando, a pagar determinada suma de dinero constituye un derecho subjetivo sustancial de reclamación de reclamación del demandante relativo al pago por el demandado de dicha suma y viceversa; la obligación del demandado de efectuar el mencionado pago.
Lectura: Demanda.
Actuación procesal por la que las partes intentan acreditar los hechos aducidos en demanda o contestación a demanda convenciendo al juzgador sobre la veracidad de éstos.
Lectura: Prueba
Para el análisis de los medios de impugnación, consideramos útil recurrir a las ideas que sobre la condiciones del acto procesal expone Briseño Sierra. De acuerdo con este autor, la idea de condicionalidad en el Derecho procesal comprende tres aspectos: los supuestos, los requisitos y los presupuestos.
Lectura: Impugnación