Los MASC deben ser autocompositivos o heterocompositivos, adversariales o no adversariales, adjudicatorios o no adjudicatorios, voluntarios, expeditos y económicos. Deben ser primordiales y obligatorios antes de iniciar un proceso civil.
Dentro de éstos, podemos clasificar de manera teórico a los siguientes:


Arbitraje
Mediación
Conciliación
Negociación

Arbitraje

Es una alternativa para resolver disputas entre usuarios y prestadores de servicios, de manera voluntaria y consensada con el compromiso de una resolución, es un método heterocompositivo.

Mediación

Es un trámite donde se distinguen uno o más mediadores que intervienen en una controversia entre partes ya delimitadas, con el fin de facilitar la comunicación entre ellas y así construir un convenio.

Conciliación

Proceso en el que uno o más conciliadores asisten a las partes de un conflicto para facilitar el diálogo y proponer alternativas de solución al conflicto.

Negociación

Es el proceso en el cual dos o más partes de un conflicto entablan una conversación para llegar a una mejor solución de sus necesidades, por medio de una negociación.