Por “carácter” debe entenderse la función concreta de la norma jurídica. La esencia prescriptiva de las normas seguirá presente en todo carácter en tanto contenga la permisión, prohibición u ordenación de una acción determinada, pero se clasifica a la norma según su carácter como:
Si la norma se enuncia para que algo sea, pueda o tenga que ser hecho, estaremos ante una norma prescriptiva.
si se enuncia para alcanzar un fin determinado señalando los medios para conseguirlo, se tratará de una norma jurídica directiva.
Si la norma se dicta para adecuar las acciones a ciertos patrones de conducta tendrá el carácter de regulativa.