Para Gayo, ser una persona legítima significaba que el sujeto estaba calificado, de acuerdo a la ley, para actuar en un juicio.
El status estaba conformado por el conjunto de derechos y facultades de una persona. El status de un ciudadano romano se integraba de tres aspectos: status libertatis, status civitatis y status familiae. La pérdida de alguno de estos elementos implicaba una disminución de su capacidad las consecuencias, según el caso, significaban la pérdida de ciertos derechos y facultades.
El derecho romano, de acuerdo a Margadant (1992), sólo reconocía plena capacidad de goce a una minoría de seres humanos los cuales debían reunir, para ser personas, los tres requisitos siguientes:
- Tener el status libertatis (ser libres, no esclavos).
- Tener el status civitatis (ser romanos, no extranjeros).
- Tener el status familiae (ser independientes de la patria potestad).
La personalidad, era el resultado de la reunión de estos tres requisitos.