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Los bienes y su clasificación

Las cosas o bienes (del latin res), son los objetos del mundo real que tienen algún beneficio para las personas. Para los romanos las cosas podías ser no comerciables (res extra commercium) o comerciables (res in commercium). Los bienes pueden estar fuera del comercio por razones físicas o por causas jurídicas. Las razones jurídicas pueden ser de derecho humano o de derecho divino.

Por razones de derecho humano están fuera de comercio:

  1. Las res comunes ómnium iure naturali, que pertenecen a todos por derecho natural, como la costa de mar.
  2. Las res publicae que deben estar a disposición del público en general por ejemplo las carreteras.
  3. Las res universitatum, sustraídas al comercio por estar reservadas al uso de una corporación pública inferior al Estado.
  4. Las cosas que están fuera del comercio por razones diversas, establecidas en el derecho positivo con fundamento en consideraciones morales, como la futura herencia o el hombre libre.

Por razones de derecho divino, están fuera del comercio:

  1. Las res sacrae, destinadas al culto de los dioses domésticos (como templos).
  2. Las res religiosae, destinadas al culto de los dioses domésticos (como las tumbas).
  3. Las res sanctae, integradas por los límites de los campos o de la ciudad (con sus murallas y puertas).